Discriminación por Discapacidad en California: Abogado para Trabajadores

Si sufrió discriminación por discapacidad, Milan Chatterjee representa a trabajadores de los Condados de San Bernardino y Riverside que fueron despedidos, a quienes les negaron un acomodo razonable o que fueron sacados del trabajo por una discapacidad física o mental o una condición médica. Las protecciones de California son más amplias que la ley federal ADA y aplican a empresas con 5 o más empleados.

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Lo Que Puede Recuperar

Lo Que Puede Recuperar en un Caso de Discriminación por Discapacidad

FEHA da a los empleados con discapacidad los mismos remedios fuertes de cualquier caso de discriminación. Los daños por sufrimiento emocional no tienen límite bajo FEHA, y la corte puede ordenar que el empleador pague sus honorarios de abogado. Nuestro trabajo es documentar cada pérdida.

Compensación económica que puede recuperar

  • Salarios atrasados: sueldo y beneficios perdidos desde el acto discriminatorio
  • Salarios futuros: ingresos que perderá cuando regresar al trabajo no es realista
  • Seguro médico y otros beneficios perdidos
  • Daños por sufrimiento emocional
  • Daños punitivos cuando el empleador actuó con malicia, opresión o fraude (Civ. Code 3294)
  • Honorarios razonables de abogado, costos y honorarios de peritos (Gov. Code 12965)

Más allá del dinero

  • El acomodo que le negaron, o volver a su trabajo
  • Un expediente de personal corregido y referencias neutrales
  • Capacitación y cambios de políticas ordenados por la corte (Gov. Code 12965)
  • Responsabilidad que protege a los compañeros que vienen después de usted
Sus Derechos · Cuándo el Trato Es Ilegal

Sus Derechos por Discapacidad bajo la Ley de California

FEHA prohíbe la discriminación por discapacidad física, discapacidad mental y condición médica (Gov. Code 12940(a)). Estas son las situaciones que más vemos.

Más Protección que la ADA

La ley de California solo exige que una condición limite una actividad importante de la vida, no que la limite de forma sustancial, y trabajar cuenta como una actividad importante de la vida. Las condiciones se evalúan sin tomar en cuenta los medicamentos u otras medidas que las controlan (Gov. Code 12926.1).

  • Condiciones físicas: lesiones de espalda y articulaciones, diabetes, epilepsia, enfermedades del corazón, esclerosis múltiple, VIH
  • Condiciones de salud mental:depresión, ansiedad, trastorno bipolar, estrés postraumático
  • Condición médica: cáncer y características genéticas
  • Percibida o por asociación: que lo consideren discapacitado, o que esté relacionado con alguien que lo es

Negar un Acomodo Razonable

Los empleadores deben dar un acomodo razonable para una discapacidad conocida, a menos que cause una dificultad excesiva (Gov. Code 12940(m)). Los acomodos pueden incluir funciones u horarios modificados, equipo, trabajo remoto, traslado a un puesto vacante o un período de licencia.

Un Reclamo Separado: negar un acomodo es una violación propia bajo la ley de California, aunque nunca lo hayan despedido.

No Participar en el Proceso Interactivo

Cuando usted pide un acomodo, o su empleador sabe que lo necesita, debe participar en un proceso interactivo oportuno y de buena fe para encontrar uno que funcione (Gov. Code 12940(n)). Ignorar una nota del médico, pedir papeles una y otra vez o cortar la conversación pueden ser violaciones.

Cómo Ganamos: documentamos cada solicitud, cada respuesta y cada retraso, lo que muchas veces muestra que el empleador nunca buscó en serio un acomodo.

Despedido o Sacado del Trabajo por una Discapacidad

Un empleador no puede despedirlo, negarse a contratarlo, degradarlo ni sacarlo del trabajo por una discapacidad, una condición médica o por pedir un acomodo. Un despido poco después de un diagnóstico, de las restricciones del médico o de regresar de una licencia médica es una señal de alerta común.

Lo Que Buscamos: las fechas, los comentarios sobre su salud o su confiabilidad, y si le aplicaron una regla de "100 por ciento recuperado" o de "no hay trabajo ligero".

¿No Sabe si Tiene un Caso?

Cuéntenos qué pasó y cuándo. Le daremos una evaluación honesta de sus derechos bajo la ley de California, en español.

Nuestro Método · Cómo Construimos Su Caso

Investigación, Defensa Firme y la Mayor Recuperación

Cuando nos contrata por un caso de discriminación por discapacidad, su caso pasa por tres etapas.

Investigación y Evaluación Honesta

Revisamos sus solicitudes de acomodo, las notas de su médico, su historial de licencias, su desempeño y las razones del empleador, y pedimos su expediente de personal (Lab. Code 1198.5). Identificamos cada plazo y cada ley de licencia que aplica.

Defensa Firme

Presentamos su queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD), y ante la EEOC cuando aplican reclamos bajo la ADA. Según sus metas, pedimos una investigación y mediación, o una carta inmediata de derecho a demandar para presentar en la corte.

La Mayor Recuperación

Negociamos desde una posición de fuerza y preparamos cada caso como si fuera a juicio. Como exabogado interno, Milan sabe cómo los empleadores evalúan el riesgo y qué los lleva a llegar a un acuerdo.

Industrias que Representamos

Trabajadores de California que Defendemos

Representamos a trabajadores con discapacidades en las industrias más grandes del Inland Empire.

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Almacenes y Logística

Trabajadores lesionados a quienes les niegan el trabajo ligero, y cuotas de productividad aplicadas sin acomodo.

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Salud

Enfermeras y personal con restricciones para cargar peso, condiciones de salud mental o enfermedades crónicas.

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Educación y Sector Público

Acomodos de horario y de salón, licencias médicas y traslados.

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Comercio y Hospitalidad

Reglas de estar de pie, acomodos de banco y descansos, y horas recortadas después de un diagnóstico.

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Construcción y Oficios

Trabajadores lesionados a quienes les dicen que regresen solo cuando estén totalmente recuperados.

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Empresas y Profesionales

Solicitudes de trabajo remoto y de horario negadas, y planes de desempeño después de una licencia médica.

Pasos Inmediatos si Sufre Discriminación por Discapacidad

Qué Hacer en los Primeros 7 Días

Lo que haga al principio puede definir su caso. Estos pasos protegen sus derechos, ya sea que siga trabajando, esté de licencia o ya lo hayan despedido.

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Haga Su Solicitud por Escrito

Pida el acomodo por correo electrónico, describa sus restricciones y adjunte la nota de su proveedor de salud. No tiene que usar la palabra acomodo, pero ponerlo por escrito ayuda.

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Guarde Cada Respuesta

Guarde cada correo, nota de reunión y formulario, y anote lo que se dijo en cada conversación sobre su condición o sus restricciones.

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Guarde Sus Pruebas

Guarde las evaluaciones, horarios, textos y talones de pago que ya tiene. No se lleve archivos confidenciales de la empresa.

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Llame a un Abogado de Derechos Laborales

Antes de renunciar o de firmar cualquier acuerdo de indemnización o renuncia de reclamos, llame al (888) 785-9923 para una consulta gratis.

Pruebas que Fortalecen un Caso de Discriminación por Discapacidad

Los casos de discapacidad muchas veces se construyen con los papeles: las solicitudes de acomodo, las notas del médico, los correos sobre sus restricciones y qué tan rápido, o qué tan lento, respondió el empleador. Las buenas evaluaciones antes de un diagnóstico seguidas de críticas repentinas, y los comentarios sobre su salud, su asistencia o su confiabilidad, apuntan a la razón real de una decisión.

Los registros de licencias, los horarios, las descripciones del puesto, el expediente de personal y los testigos ayudan. Organizamos estas pruebas en una historia clara para el CRD, un mediador o un jurado.

Casos de Discapacidad y la Ley Laboral de California

La ley estatal y la federal protegen a los empleados con discapacidades, con coberturas y plazos distintos. Hable con un abogado antes de confiar en cualquier plazo.

Derechos por Discapacidad y Plazos para Reclamar

Derecho o reclamo Lo que da Plazo o límite Fuente
Protección por discapacidad bajo FEHADiscriminación, acomodo, proceso interactivoEmpresas con 5 o más empleadosGov. Code 12940(a), (m), (n)
Queja bajo FEHAPresentada ante el Departamento de Derechos Civiles3 años desde el acto ilegalGov. Code 12960
Demanda bajo FEHADemanda en la Corte Superior1 año desde la carta de derecho a demandarGov. Code 12965
Cargo federal (ADA)Cargo ante la EEOC, empresas con 15 o más empleados300 días42 U.S.C. 12117; 2000e-5(e)
Preguntas Comunes

Preguntas Frecuentes sobre la Discriminación por Discapacidad en California

¿Qué cuenta como discapacidad bajo la ley de California?

Bajo FEHA, una condición física o mental es una discapacidad si limita una actividad importante de la vida, como trabajar, y se evalúa sin tomar en cuenta los medicamentos u otras medidas que la controlan. Esto es más amplio que la ley federal ADA, que exige una limitación sustancial (Gov. Code 12926.1). El cáncer y las características genéticas también están protegidos como condiciones médicas.

¿Mi empleador tiene que darme un acomodo por mi discapacidad?

Sí. Los empleadores con 5 o más empleados deben dar un acomodo razonable para una discapacidad física o mental conocida, a menos que cause una dificultad excesiva (Gov. Code 12940(m)). Algunos ejemplos son funciones modificadas, cambios de horario, equipo, trabajo remoto, un traslado o un período de licencia.

¿Qué es el proceso interactivo?

El proceso interactivo es una conversación oportuna y de buena fe entre usted y su empleador para encontrar un acomodo que funcione (Gov. Code 12940(n)). Un empleador que ignora su solicitud, se tarda sin razón o se niega a considerar opciones puede estar violando la ley, aunque después ofrezca algo.

Me lastimé en el trabajo. ¿También me protege la ley de discapacidad?

Sí. Si una lesión de trabajo limita una actividad importante de la vida, puede ser una discapacidad bajo FEHA, y su empleador debe considerar un acomodo razonable, como trabajo ligero o funciones modificadas, y participar en el proceso interactivo. Esto es aparte de su reclamo de compensación al trabajador, y despedirlo por presentar ese reclamo también es ilegal (Lab. Code 132a).

¿Están protegidas las condiciones de salud mental?

Sí. Las condiciones mentales y psicológicas, como la depresión, la ansiedad, el trastorno bipolar y el estrés postraumático, están protegidas bajo FEHA cuando limitan una actividad importante de la vida. Puede pedir acomodos como cambios de horario o una licencia para recibir tratamiento.

¿Me pueden despedir mientras estoy de licencia médica?

Un empleador no puede despedirlo por una discapacidad, por pedir un acomodo ni por tomar una licencia protegida. La licencia puede ser por sí misma un acomodo razonable bajo FEHA, y CFRA puede dar hasta 12 semanas de licencia médica con el trabajo protegido. Un abogado debe revisar la razón que da el empleador para un despido durante una licencia.

¿Mi empleador tiene que mantener mi información médica en privado?

Sí. California limita cuándo los empleadores pueden preguntar sobre su condición médica, y la información médica debe mantenerse confidencial y separada de su expediente de personal. Por lo general, no tiene que compartir su diagnóstico, solo sus limitaciones y el acomodo que necesita.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una queja por discapacidad?

Generalmente 3 años desde el acto discriminatorio para presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (Gov. Code 12960), y 1 año después de la carta de derecho a demandar para presentar una demanda (Gov. Code 12965). Los cargos federales bajo la ADA ante la EEOC generalmente vencen a los 300 días.

¿Atienden casos de discapacidad en los Condados de San Bernardino y Riverside?

Sí. Representamos a trabajadores en todos los Condados de San Bernardino y Riverside en reclamos por discriminación por discapacidad bajo la ley de California, con consultas gratis y confidenciales en español. Llame al (888) 785-9923.

¿Le Negaron un Acomodo o lo Despidieron? Hable con un Abogado en Español.

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